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viernes, 1 de junio de 2018
El tema del consentimiento informado en el caso de los menores puede resultar un poco lioso ya que será de una u otra manera dependiendo de la edad del menor. Para que me sea un poco más sencillo de recordar (o memorizar) me gusta seguir este esquema que creo que a alguien más podrá resultar útil...
  • Hasta los 12 años: el consentimiento será siempre por representación
  • A los 12 años cumplidos: el consentimiento será por representación después de ser escuchada su opinión
  • Con 16 años o menores emancipados: NO hay consentimiento por representación
No obstante en cualquiera de los casos anteriores, cuando se trate de actuaciones de grave riesgo para la vida o la salud del menor el consentimiento será por representación después de oída y tenida en cuenta su opinión.

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