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jueves, 31 de mayo de 2018
Respecto a la Ley 4/2005, de 18 de Febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la OPE 14-15 nos encontramos las siguientes preguntas.

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

25 LEY 4/2005 PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES. ¿CUÁL ES EL AMBITO DE APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL ARTÍCULO 3, QUE DEBEN REGIR Y ORIENTAR LA ACTUACIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS VASCOS EN MATERIA DE IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES?
25a) Las administraciones públicas vascas.
25b) La Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, sus organismos autónomos y los entes públicos dependientes o vinculados a aquélla, así como las entidades privadas que suscriban contratos o convenios de colaboración con cualquiera de ellos o sean beneficiarias de ayudas o subvenciones concedidas por ellos.
25c) Todos los poderes públicos vascos, así como a las entidades privadas que suscriban contratos o convenios de colaboración con cualquiera de ellos o sean beneficiarias de ayudas o subvenciones concedidas por ellos.
25d) Todos los poderes públicos vascos, así como a las entidades privadas que
desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Respuesta C

26 LEY 4/2005. ¿CON QUÉ PRINCIPIO GENERAL SE RELACIONA EL SIGUIENTE MANDATO DE LA LEY?: “LOS PODERES PÚBLICOS VASCOS DEBEN ADOPTAR LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA GARANTIZAR EL EJERCICIO EFECTIVO POR PARTE DE MUJERES Y HOMBRES, EN CONDICIONES DE IGUALDAD, DE LOS DERECHOS POLÍTICOS, CIVILES, ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES Y DEL RESTO DE DERECHOS FUNDAMENTALES QUE PUEDAN SER RECONOCIDOS EN LAS NORMAS, INCLUIDO EL CONTROL Y ACCESO AL PODER Y A LOS RECURSOS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS Y SOCIALES”.
26a) Acción positiva.
26b) Integración de la perspectiva de género.
26c) Igualdad de oportunidades.
26d) Igualdad de trato.
Respuesta C

27 LEY 4/2005. ¿A QUÉ PRINCIPIO GENERAL CORRESPONDE LA SIGUIENTE DEFINICIÓN?: “ADOPCIÓN DE MEDIDAS ESPECÍFICAS Y TEMPORALES DESTINADAS A ELIMINAR O REDUCIR LAS DESIGUALDADES DE HECHO POR RAZÓN DE SEXO EXISTENTES EN LOS DIFERENTES ÁMBITOS DE LA VIDA”
27a) Acción positiva.
27b) Eliminación de roles y estereotipos en función del sexo.
27c) Igualdad de oportunidades.
27d) Igualdad de trato.
Respuesta A

28 LEY 4/2005. EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY, ¿A QUIÉN CORRESPONDE EJERCER LA POTESTAD SANCIONADORA POR INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS COMETIDAS EN MATERIA DE IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES?
28a) A las administraciones forales por las infracciones leves cometidas en su ámbito territorial.
28b) A los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma por las infracciones leves cometidas en su ámbito territorial.
28c) Al ministerio competente en materia de igualdad.
28d) A la Administración General de la Comunidad Autónoma.
Respuesta D

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