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martes, 29 de mayo de 2018
En la OPE 14-15 en las diferentes categorías tenemos estas preguntas sobre la Ley 8/1997, de 26 de Junio, de Ordenación sanitaria de Euskadi
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
AUXILIAR ENFERMERÍA
CELADOR
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
35
LEY 8/1997, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI. ¿QUÉ ACTUACIONES
PREVÉ LA LEY AL OBJETO DE GARANTIZAR LA CONTINUIDAD EN LA ATENCIÓN
A LAS SITUACIONES SOCIALES QUE CONCURRAN
EN LOS PROCESOS DE ENFERMEDAD O PÉRDIDA DE LA SALUD?
35a)
Establecer cauces de cooperación con las Administraciones públicas
competentes en materia de servicios sociales.
35b)
Incorporar la prestación de servicios sociales al catálogo de
servicios del sistema
de salud pública.
35c)
Suscribir convenios de colaboración con las organizaciones no
gubernamentales del ámbito de los servicios sociales.
35d)
Todas las respuestas anteriores son correctas.
Respuesta
A
36
LEY 8/1997. EN EL TERRITORIO DE EUSKADI, EL DERECHO A LA PROTECCIÓN
DE LA SALUD
36a)
No se reconoce a los transeúntes.
36b)
Se reconoce a los transeúntes en idénticas condiciones que a los
residentes, sin perjuicio de lo que establezcan los convenios
internacionales vigentes.
36c)
Se reconoce a los transeúntes en la forma y condiciones previstas en
la legislación y convenios aplicables.
36d)
Se reconocerá a los transeúntes en función de su situación
social.
Respuesta
C
37
LEY 8/1997. ¿CUÁL DE LOS SIGUIENTES NO ES UN PRINCIPIO INFORMADOR
DEL SISTEMA SANITARIO DE EUSKADI?
37a)
Solidaridad.
37b)
Equidad.
37c)
Participación ciudadana.
37d)
Reciprocidad.
Respuesta
D
38
LEY 8/1997. ORIENTAR PRIORITARIAMENTE LOS MEDIOS Y ACTUACIONES DEL
SISTEMA SANITARIO A LA PROMOCIÓN DE LA SALUD Y A LA PREVENCIÓN DE
LAS ENFERMEDADES
38a)
Es un principio informador del sistema sanitario de Euskadi.
38b)
Es un principio programático de organización y funcionamiento del
sistema sanitario de Euskadi.
38c)
No se incluye en los principios informadores ni en los principios
programáticos de organización y funcionamiento del sistema
sanitario de Euskadi.
38d)
Es un mandato constitucional.
Respuesta
B
AUXILIAR ENFERMERÍA
87
SEGÚN LA LEY 8/1997, DE 26 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE
EUSKADI:
87a)
El sistema sanitario de Euskadi garantizará las prestaciones
sanitarias individuales conforme a la ordenación básica del
Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
87b)
El sistema sanitario de Euskadi garantizará las prestaciones
sanitarias individuales conforme a la ordenación básica del sistema
nacional de salud.
87c)
El sistema sanitario de Euskadi garantizará las prestaciones
sanitarias para todas las personas residentes, pero no para los
transeúntes.
87d)
El sistema sanitario de Euskadi no permite la reclamación del
importe de los servicios prestados en aquellos sujetos que accedan
con la consideración de pacientes privados.
Respuesta
B
CELADOR
1
LEY 8/1997, DE 26 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI.
EL
SISTEMA SANITARIO DE EUSKADI TIENE COMO OBJETIVO ÚLTIMO:
1a)
La evaluación continua de los componentes públicos y concertados
del sistema sanitario.
1b)
La realización de estudios epidemiológicos en la CAPV.
1c)
El incremento de los niveles de competencia en los centros públicos
y privados de la CAPV.
1d)
El mantenimiento, la recuperación y la mejora del nivel de salud de
la población.
Respuesta
D
2
LEY 8/1997, DE 26 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI.
NO
ES UN PRINCIPIO INFORMADOR DEL SISTEMA SANITARIO DE EUSKADI:
2a)
La planificación de los recursos.
2b)
La solidaridad.
2c)
La equidad.
2d)
La calidad de los servicios.
Respuesta
A
3
LEY 8/1997, DE 26 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI.
ES
UN PRINCIPIO PROGRAMÁTICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
SISTEMA SANITARIO DE EUSKADI:
3a)
La participación ciudadana en las encuestas de calidad sobre centros
de salud.
3b)
La prevención de epidemias cuando así lo indica la OMS.
3c)
La evaluación semestral de los componentes públicos y concertados
del sistema sanitario.
3d)
La consideración de la persona como objetivo fundamental del
sistema.
Respuesta
D
4
LEY 8/1997, DE 26 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI.
EL
PROCEDIMIENTO DE ACCESO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS SANITARIOS
DE COBERTURA PÚBLICA:
4a)
Garantizará la eficacia del tratamiento médico.
4b)
Garantizará el principio de igualdad efectiva.
4c)
Garantizará el desarrollo profesional del personal sanitario.
4d)
Garantizará la participación ciudadana en el sistema sanitario.
Respuesta
B
5
LEY 8/1997, DE 26 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI.
¿POR
QUÉ SE CREAN CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN EL ÁMBITO DE
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Y EN EL ÁMBITO DE CADA ÁREA DE SALUD?
5a)
Para posibilitar la participación ciudadana en el sistema sanitario
de Euskadi.
5b)
Para garantizar el máximo respeto a la intimidad de las personas.
5c)
Para garantizar que haya constancia escrita de todo proceso
diagnóstico.
5d)
Para posibilitar la participación de profesionales de la salud.
Respuesta
A
6
LEY 8/1997, DE 26 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI.
¿QUIÉNES
NO COMPONEN LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN
COMUNITARIA?
6a)
Representantes de las Administraciones locales y forales y de
asociaciones
sanitarias
europeas
6b)
Representantes de los colegios profesionales sanitarios y de
asociaciones de consumidores y usuarios.
6c)
Representantes de sindicatos y de organizaciones empresariales.
6d)
Representantes del sector sanitario.
Respuesta
A
MÉDICO DE FAMILIA
MÉDICO DE FAMILIA
102
LEY 8/1997 DE ORDENACIÓN SANITARIA DE EUSKADI. SEÑALA LA AFIRMACIÓN
CORRECTA RESPECTO A LA DOCENCIA Y A LA INVESTIGACIÓN SANITARIA:
102a)
Se promoverá la formación, reciclaje y perfeccionamiento de manera
continuada a los profesionales sanitarios y no sanitarios del campo
de la salud y de la gestión y la administración sanitarias, desde
una perspectiva interdisciplinaria favoreciendo siempre la formación
en el centro de trabajo.
102b)
El sistema sanitario de Euskadi deberá fomentar las actividades de
investigación sanitaria, como elemento fundamental para su progreso.
102c)
Constituirá un objetivo del sistema sanitario de Euskadi la búsqueda
de la financiación necesaria para la investigación.
102d)
El Departamento de Sanidad deberá velar por la actuación coordinada
de todos sus Organismos Autónomos en lo concerniente a las acciones
que les correspondan en materia de formación, bajo el objetivo de
posibilitar la adecuación en la formación de los recursos humanos
necesarios para el funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi.
Respuesta
B
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LEY 8/1997
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Bibliografía Osakidetza
Hola a todos y todas, hace tiempo que no me paso por aquí por diversos proyectos pero es cierto que va llegando la hora de volver a empezar...
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